Libro LIBRO III›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Ley 391
En vigor desde 3 abr 1973
«Dominio concellar». El patrimonio forestal y cualesquiera otras propiedades, aprovechamientos o derechos pertenecientes a las Juntas Generales de los Valles del Roncal y Salazar, y que estén destinados a satisfacer necesidades colectivas de sus vecinos, son de «dominio concellar», que se regulará por las ordenanzas, acuerdos legítimamente adoptados, convenios y costumbres locales. El «dominio concellar» es indivisible.
Corresponden a la Junta General todas las facultades de administración y disposición, que deberá ejercitar atendiendo a las necesidades y conveniencias directas o indirectas del Valle o de sus vecinos.
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Proeli/es/l/1973/03/01/1#ley-391