Título Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

Art. 21

En vigor desde 6 oct 2001
1. El presente Protocolo, cuyos textos en árabe, chino, español, francés, inglés y ruso son igualmente auténticos, será depositado en los archivos de las Naciones Unidas. 2. El Secretario General de las Naciones Unidas enviará copias certificadas del presente Protocolo a todos los Estados mencionados en el artículo 25 de la Convención.
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eli/es/ai/1999/10/06/(2)#art-21

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