Libro PARTE IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección II. Conformidad de las mercaderías y pretensiones de terceros

Art. 41

En vigor desde 1 ago 1991
El vendedor deberá entregar las mercaderías libres de cualesquiera derechos o pretensiones de un tercero, a menos que el comprador convenga en aceptarlas sujetas a tales derechos o pretensiones. No obstante, si tales derechos o pretensiones se basan en la propiedad industrial u otros tipos de propiedad intelectual, la obligación del vendedor se regirá por el artículo 42.
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eli/es/ai/1980/04/11/(1)#art-41

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