Art. Séptimo

En vigor desde 15 oct 2015
Las disposiciones de esta Instrucción entrarán en vigor al mismo tiempo que la Ley 19/2015, de 13 de julio, y los artículos 44, 45, 46, 47, 64, 66, los apartados 1 y 4 del artículo 49, el apartado 3 del 67 y la disposición adicional novena de la Ley 20/2011, de 21 de julio, que son de aplicación parcial según la misma, es decir, el 15 de octubre de 2015.
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eli/es/ins/2015/10/09/(1)#septimo

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