Art. Segundo

En vigor desde 29 mar 2007
Esta información deberá añadirse a los Manuales destinados a los miembros de las Mesas electorales.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/ins/2007/03/22/2#segundo

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil