Art. 5
Protección de los trabajadores
En vigor desde 30 mar 2026
Artículo 5
Protección de los trabajadores
La presente Directiva se entenderá sin perjuicio del Derecho nacional y de la Unión sobre los derechos de los trabajadores en relación con las cuestiones reguladas por la presente Directiva, incluidos el Derecho de la Unión y nacional sobre la participación de los representantes de los trabajadores y las medidas adecuadas para informar y consultar a los representantes de los trabajadores, en particular:
a)
los derechos garantizados por las Directivas 98/59/CE, 2001/23/CE y 2008/94/CE;
b)
el derecho de información y consulta de conformidad con las Directivas 2002/14/CE y 2009/38/CE.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dir:2026:799:oj#art-5