Art. 5

Protección de los trabajadores

En vigor desde 30 mar 2026
Artículo 5 Protección de los trabajadores La presente Directiva se entenderá sin perjuicio del Derecho nacional y de la Unión sobre los derechos de los trabajadores en relación con las cuestiones reguladas por la presente Directiva, incluidos el Derecho de la Unión y nacional sobre la participación de los representantes de los trabajadores y las medidas adecuadas para informar y consultar a los representantes de los trabajadores, en particular: a) los derechos garantizados por las Directivas 98/59/CE, 2001/23/CE y 2008/94/CE; b) el derecho de información y consulta de conformidad con las Directivas 2002/14/CE y 2009/38/CE.
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