Art. 3
Aplicación de la Directiva 2009/123/CE
En vigor desde 27 nov 2024
Artículo 3
Aplicación de la Directiva 2009/123/CE
Por lo que se refiere a las infracciones que deban considerarse infracciones penales con arreglo a la Directiva 2005/35/CE en su versión modificada por la Directiva 2009/123/CE y a las sanciones correspondientes, los Estados miembros que no estén vinculados por la Directiva (UE) 2024/1203 seguirán vinculados por la Directiva 2005/35/CE en su versión modificada por la Directiva 2009/123/CE.
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