Art. 101
Entrada en vigor y aplicación
En vigor desde 27 nov 2024
Artículo 101
Entrada en vigor y aplicación
1. La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
2. Los artículos 92 a 95 serán aplicables a partir del 30 de enero de 2027.
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