Art. 21

Derechos basados en el uso anterior con respecto a un dibujo o modelo de la UE registrado

En vigor desde 23 oct 2024
Artículo 21 Derechos basados en el uso anterior con respecto a un dibujo o modelo de la UE registrado 1.   Podrá invocar el derecho basado en el uso anterior cualquier tercero que pueda demostrar que, antes de la fecha de presentación de la solicitud o, si se reivindica prioridad, antes de la fecha de la prioridad, ha comenzado a utilizar de buena fe en el Estado miembro de que se trate, o ha realizado preparativos serios y efectivos para ello, un dibujo o modelo incluido en el ámbito de la protección del derecho sobre un dibujo o modelo registrado que no sea copia de este. 2.   El derecho basado en el uso anterior a que se alude en el apartado 1 facultará a esos terceros a explotar el dibujo o modelo para la finalidad para la que hayan comenzado a utilizarlo, o para la que hubieran realizado preparativos serios y efectivos, antes de las fechas de presentación de la solicitud o de prioridad del derecho sobre el dibujo o modelo registrado.
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