Art. 39

Entrada en vigor y aplicación

En vigor desde 13 sept 2023
Artículo 39 Entrada en vigor y aplicación La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. No obstante, los artículos 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20 y los anexos II, VIII, IX, XII, XIII y XIV serán aplicables a partir del 12 de octubre de 2025. El artículo 37 será aplicable a partir del 30 de junio de 2024.
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