Art. 8
Accesibilidad de la información
En vigor desde 10 may 2023
Artículo 8
Accesibilidad de la información
Los empleadores facilitarán la información que proporcionen a los trabajadores o los solicitantes de empleo con arreglo a los artículos 5, 6 y 7 en un formato que sea accesible para las personas con discapacidad y que tenga en cuenta sus necesidades específicas.
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