Art. 4

Modificaciones del Reglamento (UE) n.o 537/2014

En vigor desde 14 dic 2022
Artículo 4 Modificaciones del Reglamento (UE) n.o 537/2014 El Reglamento (UE) n.o 537/2014 se modifica como sigue: 1) En el artículo 4, apartado 2, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente: «A los efectos de los límites especificados en el párrafo primero del presente apartado, quedarán excluidos la verificación de la presentación de información sobre sostenibilidad y los servicios ajenos a la auditoría distintos de los contemplados en el artículo 5, apartado 1, exigidos por la legislación de la Unión o nacional.». 2) El artículo 5 se modifica como sigue: a) en el apartado 1, párrafo segundo, la letra c) se sustituye por el texto siguiente: «c) los servicios de contabilidad y preparación de los registros contables y los estados financieros, así como la preparación de la información sobre sostenibilidad;»; b) en el apartado 4, después del párrafo primero, se inserta el párrafo siguiente: «La autorización del comité de auditoría a que se refiere el párrafo primero no será necesaria para la prestación de la verificación de la presentación de información sobre sostenibilidad.».
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