Art. 16
Derecho a reparación
En vigor desde 20 jun 2019
Artículo 16
Derecho a reparación
Los Estados miembros velarán por que los trabajadores, incluidos aquellos cuya relación laboral haya concluido, tengan acceso a una resolución de litigios eficaz e imparcial, y derecho a reparación en caso de incumplimiento de los derechos que se derivan de la presente Directiva.
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