Art. 22
Carácter imperativo
En vigor desde 20 may 2019
Artículo 22
Carácter imperativo
1. Salvo que se establezca de otro modo en la presente Directiva, no será vinculante para el consumidor ninguna cláusula contractual que, en perjuicio del consumidor, excluya la aplicación de las medidas nacionales de transposición de la presente Directiva, no aplique o modifique los efectos de dichas medidas antes de que el consumidor ponga en conocimiento del empresario el incumplimiento del suministro o la falta de conformidad o antes de que el empresario ponga en conocimiento del consumidor la modificación de los contenidos o servicios digitales con arreglo al artículo 19.
2. La presente Directiva no impedirá a los empresarios ofrecer a los consumidores condiciones contractuales que garanticen mayor protección que la otorgada por la presente Directiva.
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