Art. 25

Normas armonizadas y especificaciones técnicas para otros actos de la Unión

En vigor desde 17 abr 2019
Artículo 25 Normas armonizadas y especificaciones técnicas para otros actos de la Unión La conformidad con las normas armonizadas y especificaciones técnicas adoptadas con arreglo al artículo 15, o parte de ellas, conllevará la presunción de conformidad con el artículo 24 en la medida en que dichas normas y especificaciones técnicas, o parte de ellas, se ajusten a los requisitos de accesibilidad establecidos en la presente Directiva.
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