Art. 3
Derogación de la Decisión 2005/387/JAI
En vigor desde 15 nov 2017
Artículo 3
Derogación de la Decisión 2005/387/JAI
1. La Decisión 2005/387/JAI queda derogada con efecto a partir del 23 de noviembre de 2018.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, la Decisión 2005/387/JAI seguirá aplicándose a las nuevas sustancias psicotrópicas para las que se haya presentado un informe conjunto, como se establece en el artículo 5 de dicha Decisión, antes del 23 de noviembre de 2018.
3. La Comisión adoptará actos delegados de conformidad con los apartados 4 a 8 del presente artículo que modifiquen el anexo de la Decisión marco 2004/757/JAI para incluir en el mismo nuevas sustancias psicotrópicas mencionadas en el apartado 2 del presente artículo.
4. Los poderes para adoptar actos delegados mencionados en el apartado 3 se otorgan a la Comisión por un período de dos años a partir del 22 de noviembre de 2017.
5. La delegación de poderes mencionada en el apartado 3 podrá ser revocada en cualquier momento por el Parlamento Europeo o por el Consejo. La decisión de revocación pondrá término a la delegación de los poderes que en ella se especifiquen. La decisión surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea o en una fecha posterior indicada en la misma. No afectará a la validez de los actos delegados que ya estén en vigor.
6. Antes de la adopción de un acto delegado, la Comisión consultará a los expertos designados por cada Estado miembro de conformidad con los principios establecidos en el Acuerdo interinstitucional de 13 de abril de 2016 sobre la mejora de la legislación.
7. Tan pronto como la Comisión adopte un acto delegado lo notificará simultáneamente al Parlamento Europeo y al Consejo.
8. Los actos delegados adoptados en virtud del apartado 3 entrarán en vigor únicamente si, en un plazo de dos meses desde su notificación al Parlamento Europeo y al Consejo, ninguna de estas instituciones formula objeciones o si, antes del vencimiento de dicho plazo, ambas informan a la Comisión de que no las formularán. El plazo se prorrogará dos meses a iniciativa del Parlamento Europeo o del Consejo.
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