Art. 9

Artículo 9 1.   Se determinará qué terceros países tienen, en sus sistemas nacionales de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, deficiencias estratégicas que planteen amenazas importantes para el sistema financiero de la Unión («terceros países de alto riesgo»), a fin de proteger el correcto funcionamiento del mercado interior. 2.   La Comisión estará facultada, de conformidad con el artículo 64, para adoptar actos delegados a fin de identificar los terceros países de alto riesgo teniendo en cuenta sus deficiencias estratégicas, en particular en relación con: a) el marco jurídico e institucional del tercer país en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, y en especial: i) la tipificación del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, ii) las medidas de diligencia debida con respecto al cliente, iii) los requisitos de conservación de documentos, y iv) los requisitos de la comunicación de las transacciones sospechosas; b) las competencias y procedimientos de las autoridades competentes de los terceros países a efectos de la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, o c) la eficacia con la que el sistema de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo permite afrontar los riesgos del tercer país respecto del blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo. 3.   Los actos delegados a que se refiere el apartado 2 se adoptarán en el plazo de un mes a partir del momento en que se determinen las deficiencias estratégicas a que se refiere dicho apartado. 4.   La Comisión tendrá en cuenta, en su caso, al elaborar los actos delegados a que se refiere el apartado 2, las valoraciones, evaluaciones o informes pertinentes elaborados por organizaciones internacionales y organismos de normalización con competencias en el ámbito de la prevención del blanqueo de capitales y la lucha contra la financiación del terrorismo en relación con los riesgos planteados por terceros países concretos.
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