Art. 8

Límite de edad para trabajadores expuestos

En vigor desde 5 dic 2013
Artículo 8 Límite de edad para trabajadores expuestos Los Estados miembros garantizarán que, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 11, apartado 2, no puedan asignarse a los menores de 18 años tareas que puedan convertirlos en trabajadores expuestos.
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