Art. 29

Informe

En vigor desde 25 oct 2012
Artículo 29 Informe A más tardar el 16 de noviembre de 2017, la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe en el que se evaluará en qué medida los Estados miembros han adoptado las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Directiva, incluida una descripción de las medidas adoptadas en virtud de los artículos 8, 9 y 23, acompañado, si es necesario, de propuestas legislativas.
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