Art. 22

Actos delegados

En vigor desde 25 oct 2012
Artículo 22 Actos delegados 1.   Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 23 con objeto de revisar los valores de referencia armonizados de eficiencia a los que se refiere el artículo 14, apartado 10, párrafo segundo. 2.   Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 23 a fin de adaptar al progreso técnico los valores, los métodos de cálculo, el coeficiente de energía primaria por defecto y los requisitos de los anexos I, II, III, IV, V, VII, VIII, IX, X y XII.
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