Art. 17

Derogación

En vigor desde 19 may 2010
Artículo 17 Derogación Queda derogada la Directiva 92/75/CEE, modificada por el Reglamento indicado en el anexo I, parte A, con efecto a partir del 21 de julio de 2011, sin perjuicio de las obligaciones de los Estados miembros relativas a los plazos de transposición al Derecho nacional y de aplicación de dicha Directiva, que figuran en el anexo I, parte B. Las referencias a la Directiva 92/75/CEE se entenderán hechas a la presente Directiva, con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo II.
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