Art. 1

En vigor desde 29 jun 2007
Artículo 1 1.   La presente Directiva es una Directiva específica con arreglo al artículo 5 del Reglamento (CE) no 1935/2004. 2.   La presente Directiva se aplicará a las películas de celulosa regenerada a que se refiere la descripción que figura en el anexo I y que estén destinadas a entrar en contacto o estén en contacto con productos alimenticios, conforme a su destino, que: a) constituyan en sí mismas un producto acabado, o bien b) sean parte de un producto acabado que incluya otros materiales. 3.   La presente Directiva no se aplicará a las tripas sintéticas de celulosa regenerada.
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