Art. 9
Procedimientos de evaluación de la conformidad
En vigor desde 23 may 2007
Artículo 9
Procedimientos de evaluación de la conformidad
Para la evaluación de la conformidad de los artículos pirotécnicos, el fabricante seguirá uno de los procedimientos siguientes:
a)
el examen CE de tipo (módulo B) mencionado en el anexo II, punto 1, y a elección del fabricante:
i)
la conformidad con el tipo (módulo C) mencionada en el anexo II, punto 2, o
ii)
el procedimiento relativo al aseguramiento de calidad de la producción (módulo D) mencionado en el anexo II, punto 3, o
iii)
el procedimiento relativo al aseguramiento de calidad del producto (módulo E), mencionado en el anexo II, punto 4;
b)
la verificación de la unidad (módulo G) mencionada en el anexo II, punto 5, o
c)
el procedimiento relativo al aseguramiento global de calidad del producto (módulo H) mencionado en el anexo II, punto 6, en la medida en que se trate de artificios de pirotecnia de la categoría 4.
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