Art. 1
En vigor desde 6 feb 2006
Artículo 1
La Directiva 2000/29/CE queda modificada como sigue:
1)
En el anexo IV, parte A, capítulo I, punto 2, el último párrafo de la columna de la derecha se sustituye por el texto siguiente:
«El primer guión, en el que se especifica que los embalajes de madera deberán estar fabricados con madera en rollo descortezada, sólo será aplicable a partir del 1 de enero de 2009. Este párrafo se revisará a más tardar el 1 de septiembre de 2007.».
2)
En el anexo IV, parte A, capítulo I, punto 8, el último párrafo de la columna de la derecha se sustituye por el texto siguiente:
«La primera línea de la letra a), en la que se especifica que los embalajes de madera deberán estar fabricados con madera en rollo descortezada, sólo será aplicable a partir del 1 de enero de 2009. Este párrafo se revisará a más tardar el 1 de septiembre de 2007.».
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Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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