Art. 1

Art. 1

En vigor desde 6 feb 2006
Artículo 1 La Directiva 2000/29/CE queda modificada como sigue: 1) En el anexo IV, parte A, capítulo I, punto 2, el último párrafo de la columna de la derecha se sustituye por el texto siguiente: «El primer guión, en el que se especifica que los embalajes de madera deberán estar fabricados con madera en rollo descortezada, sólo será aplicable a partir del 1 de enero de 2009. Este párrafo se revisará a más tardar el 1 de septiembre de 2007.». 2) En el anexo IV, parte A, capítulo I, punto 8, el último párrafo de la columna de la derecha se sustituye por el texto siguiente: «La primera línea de la letra a), en la que se especifica que los embalajes de madera deberán estar fabricados con madera en rollo descortezada, sólo será aplicable a partir del 1 de enero de 2009. Este párrafo se revisará a más tardar el 1 de septiembre de 2007.».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dir:2006:14:oj#art-1