Art. 65

Derogación

En vigor desde 20 dic 2005
Artículo 65 Derogación La Directiva 92/40/CEE quedará derogada a partir del 1 de julio de 2007. Las referencias a la Directiva 92/40/CEE se entenderán hechas a la presente Directiva con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo XI.
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