Capítulo CAPÍTULO II

Art. 4

En vigor desde 17 feb 2021
Se establece una ayuda extraordinaria, de pago único, por un importe fijo de 750 euros destinado a las personas profesionales, técnicas y docentes del sector de las artes escénicas, artes visuales y música, que tiene como finalidad favorecer la sostenibilidad económica del sector cultural y paliar la situación de necesidad material y de vulnerabilidad de estas personas y sus unidades familiares en Cataluña, que han sufrido durante el año 2020 una reducción drástica e involuntaria de sus ingresos económicos como consecuencia de la crisis sanitaria de la COVID-19.
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eli/es-ct/dl/2021/02/16/9#art-4

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