Art. Disposición final primera
En vigor desde 30 jun 2020
Este decreto ley se dicta al amparo de la competencia exclusiva que corresponde a la Comunitat Valenciana en materia de cooperativas, respetando la legislación mercantil, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1. 21.ª del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana.
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