Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición transitoria

En vigor desde 25 mar 2020
A menos que se establezca otro plazo de vigencia, lo que se dispone en este Decreto-ley permanecerá vigente hasta que no se levante el estado de alarma decretado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
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