Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO V

Art. 49

En vigor desde 12 may 2020
La persona beneficiaria de esta ayuda tendrá derecho a la percepción de la misma en tanto tenga derecho al cobro de la prestación contributiva por desempleo reconocida por la tramitación del expediente de regulación temporal de empleo.
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eli/es-ex/dl/2020/04/24/8#art-49

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