Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 2.ª Régimen económico y tramitación
Art. 25
En vigor desde 13 jul 2022
La prestación debe mantenerse mientras subsistan las causas que motivaron su concesión, salvo que concurran las causas de suspensión o extinción establecidas en este Decreto ley.
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Proeli/es-ib/dl/2022/07/11/7#art-25