Art. 25
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 2.ª Régimen económico y tramitación

Art. 25

25 / 110
En vigor desde 13 jul 2022
La prestación debe mantenerse mientras subsistan las causas que motivaron su concesión, salvo que concurran las causas de suspensión o extinción establecidas en este Decreto ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/dl/2022/07/11/7#art-25