Capítulo CAPÍTULO I

Art. 17

En vigor desde 16 jun 2021
Corresponderá a la Dirección General de Empresa llevar a cabo la función de control de las subvenciones concedidas, así como la evaluación y seguimiento. Para la realización de estas funciones se utilizarán cuantos medios estén a disposición de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, incluso la contratación con terceros y la colaboración en el marco que proceda con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y con la Agencia Tributaria.
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eli/es-ex/dl/2021/06/09/5#art-17

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