Capítulo CAPÍTULO II

Art. 25

En vigor desde 1 abr 2021
1. Mediante el presente Capítulo se aprueba, como medida extraordinaria, las bases reguladoras de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para los proyectos de actividades culturales y de promoción de eventos vinculados a la vida cofrade. 2. Estas subvenciones tienen por finalidad paliar los efectos del impacto económico negativo que la declaración del estado de alarma y las restricciones adoptadas para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ha provocado en estas actividades, al mismo tiempo que potenciar estas celebraciones desde el punto de vista cultural.

Tus anotaciones

Pro

BOJA-b-2021-90133#art-25

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil