Capítulo CAPÍTULO 3

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 27 nov 2020
La verificación que hay que efectuar con relación a los gastos descritos en el artículo 1 del Decreto ley 16/2020, de 5 de mayo, de medidas urgentes complementarias en materia de transparencia, ayudas de carácter social, contratación y movilidad para hacer frente a la COVID-19, se amplía a los contratos de emergencia formalizados durante el ejercicio 2020. El resultado del control se publicará en la página web del Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda a partir del primer trimestre de 2021.
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