Capítulo CAPÍTULO 1
Art. 3
En vigor desde 27 nov 2020
Con efectos desde la entrada en vigor del Real decreto 956/2020, de 3 de noviembre, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, con carácter excepcional, quedan suspendidos los plazos de caducidad de autorizaciones de emplazamiento y permisos de explotación de máquinas recreativas en establecimientos de hostelería y asimilados, así como de inscripción de las empresas operadoras de máquinas recreativas hasta el 30 de junio del 2021.
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Proeli/es-ct/dl/2020/11/24/46#art-3