Art. Disposición adicional

En vigor desde 19 nov 2020
El departamento competente en materia de cultura y el departamento competente en materia de salud deben colaborar para promover y desarrollar actuaciones de mejora de la salud y el bienestar de la ciudadanía a través de las artes y las actividades culturales, mediante la difusión de buenas prácticas, la promoción de acciones formativas y competenciales o el impulso de acciones que incluyan propuestas transversales y multidisciplinares de los ámbitos culturales y de la salud, entre otros.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/dl/2020/11/17/44#disposicion-adicional

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil