Capítulo CAPÍTULO II
Art. 25
En vigor desde 26 mar 2021
El presente capítulo tiene por objeto aprobar y convocar una línea de subvención dirigida al mantenimiento de los puestos de trabajos asalariados en empresas, excluidas las del sector público, que estén o hayan estado afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo regulado en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 1483/2012 de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada, y que se encuentren basados en causas relacionadas con la situación pandémica desde el estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ya sean por fuerza mayor constatada mediante resolución estimatoria, expresa o por silencio, ya se basen en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, habiendo comunicado a la autoridad laboral el resultado del período de consultas a la finalización del mismo y la decisión adoptada por la empresa, con el fin de preservar, con ello, la continuidad de la actividad laboral.
Tus anotaciones
ProBOJA-b-2021-90124#art-25