Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 31 dic 2011
1. Se disuelven las sociedades mercantiles Viatges de Muntanya, S. A., y Remodelacions Urbanes, S. A. El Gobierno debe adoptar las medidas necesarias para disolver y liquidar estas sociedades mercantiles.
2. Una vez se haga efectiva la disolución de las entidades a que se refiere el apartado 1, Ferrocarriles de la Generalidad de Cataluña pasa a ejercer las funciones de Viatges de Muntanya, S. A., y el Instituto Catalán del Suelo pasa a ejercer las funciones de Remodelacions Urbanes, S. A., y asume todos los derechos y obligaciones de carácter económico, contractual y laboral contraídos por Remodelacions Urbanes, S. A.
3. El patrimonio y la estructura necesaria de las entidades disueltas se deben integrar en las entidades que pasan a ejercer sus funciones, las cuales se subrogan en su posición jurídica.
Se modifica el apartado 1 y 2 por los artículos 141 y 142 de la Ley 11/2011, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-548 .
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/dl/2010/08/03/4#disposicion-adicional-primera