Art. 11
En vigor desde 27 mar 2019
La adhesión a alguna de las medidas que se contemplan en este decreto ley conlleva la aceptación por la entidad local y sus entes dependientes, que clasificados en el sector administraciones públicas de acuerdo con la definición y delimitación del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales, de las condiciones que en cada modalidad de financiación se establecen en esta norma y su normativa de desarrollo.
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ProDOGV-r-2019-90384#art-11