Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 18 ene 2019
En los términos previstos en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2018, y con efectos de 1 de enero de 2019, las retribuciones del personal funcionario, laboral y estatutario de la Administración de la Comunidad Autónoma experimentarán un incremento adicional del 0,2 por ciento de la masa salarial que se destinará de forma lineal a la parte correspondiente del complemento específico o equivalente, con respecto a las cuantías vigentes por este concepto a 31 de diciembre de 2017. El devengo será mensual y se abonará con las correspondientes pagas extraordinarias.
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ProBOA-d-2019-90261#disposicion-adicional-primera