Capítulo CAPÍTULO II

Art. 2

En vigor desde 4 jun 2020
Se crea una prestación extraordinaria para suministros básicos destinada a las personas profesionales de las artes escénicas, artes visuales, música y audiovisual, y otras actividades culturales suspendidas por razón de la crisis sanitaria en Cataluña, en forma de ayuda extraordinaria para su sostenibilidad económica, de pago único con el objetivo de facilitar la adquisición de suministros básicos.
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eli/es-ct/dl/2020/06/02/21#art-2

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