Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Aspectos generales

Art. 11

En vigor desde 17 may 2022
A efectos de información interna la Junta de Extremadura llevará una base de datos única de menores de 18 años con residencia en Extremadura, con indicación de todos los datos de carácter personal y familiar que se hubieren podido recabar, en especial de los datos relativos a su identidad y a su familia biológica cuando se trate de menores de 18 años que hubieren llegado a nuestra Comunidad Autónoma sin la compañía de quienes ejercen su patria potestad o tutela. La llevanza de la mencionada base de datos corresponderá a la Dirección General con competencias en materia de servicios sociales, infancia y familias.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ex/dl/2022/05/04/2#art-11

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil