Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

En vigor desde 29 abr 2020
La evaluación, promoción y titulación en todas las enseñanzas y niveles educativos, excepto el universitario, en el curso 2019/2020, y el Plan de refuerzo que se establecerá en el curso 2020/2021 se ajustarán a lo establecido en las correspondientes instrucciones, que se aprobarán mediante Orden del Departamento competente en materia de educación.

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BOA-d-2020-90127#art-2

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