Capítulo CAPÍTULO XI
Art. Disposición adicional sexta
En vigor desde 28 dic 2019
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de este Decreto-Ley, los puertos deportivos de Los Urrutias y Los Nietos deberán presentar un estudio de afecciones a la dinámica litoral, que incluya las medidas necesarias para la eliminación o mitigación de los posibles efectos adversos.
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ProBORM-s-2019-90599#disposicion-adicional-sexta