Capítulo CAPÍTULO II

Art. 2

En vigor desde 21 may 2020
Al personal residente al que corresponda finalizar su formación como especialista durante el año 2021 no le será de aplicación la limitación prevista en el artículo 42.3 del Decreto 165/2015, de 21 de julio, de formación sanitaria especializada en Cataluña, en materia de rotaciones externas.
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eli/es-ct/dl/2020/05/19/19#art-2

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