Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final decimoprimera
En vigor desde 27 may 2020
El desarrollo de la metodología de calculo que servirá de base al estudio acústico al que se refieren los artículos 11.2, 12.2, 25.1, 26, el apartado 1 de la disposición adicional tercera y el apartado 1 de la disposición adicional cuarta, del Decreto 155/2018, de 31 de julio, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía y se regulan sus modalidades, régimen de apertura o instalación y horarios de apertura y cierre, modificados por la disposición final séptima de este decreto-ley, deberá aprobarse por la Consejería con competencias en materia de contaminación acústica en el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor de este decreto-ley.
Tus anotaciones
ProBOJA-b-2020-90188#disposicion-final-decimoprimera