Art. Disposición final segunda
En vigor desde 12 jul 2021
Se autoriza a la persona titular de la Consejería con competencias en materia de industria para dictar las disposiciones que, en dicho ámbito, sean necesarias en desarrollo y ejecución del presente decreto-ley.
Tus anotaciones
ProBOJA-b-2021-90267#disposicion-final-segunda