Capítulo CAPÍTULO II
Art. 24
En vigor desde 11 may 2020
1. Se iniciará el procedimiento de admisión del alumnado en las escuelas oficiales de idiomas, para cursar las enseñanzas de idiomas de régimen especial y los cursos de actualización, perfeccionamiento y especialización de competencias en idiomas, para el curso 2020/2021.
2. El plazo de presentación de solicitudes de admisión en las enseñanzas de idiomas de régimen especial para el curso 2020/2021 será del 18 de mayo al 1 de junio de 2020, ambos inclusive.
3. El plazo de presentación de solicitudes de admisión en los cursos de actualización, perfeccionamiento y especialización de competencias en idiomas para el curso 2020/2021 será del 8 al 18 de junio de 2020, ambos inclusive.
4. Se reanudará el procedimiento de anulación de matrícula para el curso 2019/2020 en las enseñanzas de idiomas de régimen especial, estableciéndose como plazo de presentación de solicitudes desde el día 18 de mayo de 2020 hasta el día anterior a la evaluación final del alumnado.
5. Las pruebas iniciales de clasificación a las que se refiere el artículo 28 de la Orden de 20 de abril de 2012, por la que se regulan los criterios y procedimientos de admisión del alumnado en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se podrán realizar de manera presencial o telemática, según determine la persona titular de la dirección del centro en función de los medios con los que cuente y la situación de las personas admitidas que las hayan solicitado.
6. Se habilita a la Consejería competente en materia de educación para establecer las fechas de las convocatorias ordinaria y extraordinaria correspondientes al año 2020 de las pruebas específicas de certificación de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2 y Avanzado C1 en los idiomas alemán, árabe, español como lengua extranjera, francés, inglés, italiano y portugués.
Tus anotaciones
ProBOJA-b-2020-90161#art-24