Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 1.ª bis. Tasa por prestación de servicios docentes en la Escuela de Seguridad Pública del Principado de Asturias

Art. 30

cuarto

En vigor desde 1 ene 2010
La tasa se devengará en el momento de presentar la solicitud de inscripción. Se añade por el .1 de la Ley 4/2009, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2010-3375 .

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eli/es-as/dlg/1998/06/11/1#art-30-1

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